Privado:

Guía de Trámites

Habilitaciones Comerciales

 

El trámite de habilitación consta de las siguientes etapas

  1. Solicitud de Factibilidad.
  2. Visita del inspector.
  3. Entrega de documentación requerida.
  4. Pago y finalización del trámite de habilitación

Solicitud de Factibilidad

Se realiza el pedido de factibilidad en la Oficina de Control Urbano para saber si el local o la industria cumple con las normas u ordenanzas que regulan dichos comercios, siendo esto mismo constatado por un inspector de Control Urbano.


Documentación requerida para iniciar el trámite de factibilidad.

  • Plano del local debidamente aprobado, previa consulta en la oficina de Catastro para corroborar dicho domicilio.
  • Libre deuda de Faltas, emitido por el juzgado de Faltas, a nombre del futuro titular de la habilitación, así como también Libre deuda de Faltas a nombre del titular del Inmueble en el cual se ejercerá la actividad comercial. En caso de factibilidad de transferencia deberán presentar ambas partes (vendedor/adquirente) el Libre deuda de Faltas (calle 3, e/ 33 y 34, Santa Teresita).
  • DNI del titular de la habilitación (original y copia)

Documentación necesaria para continuar el trámite de habilitación:

  • Pago de Derecho de Factibilidad, el cual varía de acuerdo a la Zonificación según Ord. Impositiva del año vigente, en la que se encuentre categorizado el inmueble en el cual se desarrollará la actividad comercial.
  • Libre de Deuda de impuestos municipales, otorgado por el área de Recursos Públicos (Tasa de Servicios Generales), respecto del inmueble objeto del presente trámite de Habilitación y Libre de Deuda de impuestos municipales de los presuntos inmuebles cuya titularidad detentará el contribuyente que tramita el presente.
  • Certificado otorgado por el ente prestatario del servicio cloacal, donde deberá constar la solicitud del mismo ante dicho organismo. En caso de no poseer el servicio cloacal deberá presentar el correspondiente certificado, emitido también por dicho ente.
  • Documentación que acredite la posesión del inmueble donde se desarrolla la actividad, a saber: título de propiedad, certificado de dominio, contrato de locación o comodato con el correspondiente sellado de ARBA, el cual se efectúa mediante la página web de la mencionada Agencia de Recaudaciones. El mismo deberá ser certificado ante escribano público nacional o por Juzgado de Paz.
  • DOCUMENTACIÓN SOLICITADA POR EL INSPECTOR EN CASO QUE CONSIDERE NECESARIA

Al completar el trámite de factibilidad, el contribuyente deberá dirigirse a la Oficina de Recursos Públicos con la siguiente documentación:

  • Certificado de domicilio del impuesto sobre los ingresos brutos.
  • Inscripción en AFIP u opción del Monotributo.
  • Libreta sanitaria, para aquellos que comercialicen productos alimenticios, otorgado por el área de Bromatología.
  • Libro de Actas de 200 (doscientos) folios.

El contribuyente finaliza el trámite de habilitación cuando abona los derechos correspondientes para la habilitación comercial.

 

IMPORTANTE Le informamos que hasta tanto no se hayan abonado los derechos de habilitación correspondientes no se podrá ejercer actividad comercial alguna, no sirviendo el trámite de factibilidad anteriormente mencionado como suficiente a tales fines, ya que el mismo no implica la certeza de que el comercio que se pretende habilitar sea factible, pudiendo el área de Control Urbano, en ejercicio de su labor de inspección, denegar el mismo por las razones de hecho y de derecho que se contemplaran en cada situación particular.

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